Mario Rodríguez, abogado y comunicador.
Crecí cerca de un redondel de toros, y sí, durante la adolescencia esperaba con ansias que llegasen las fiestas patronales, con el fin de asistir a las “corridas”. De ese modo, conforme va uno sumando años y experiencias, los gustos van logrando una transformación, y hoy en día nadie me hace ir a un evento taurino, ni a un tope o cabalgata, pero respeto a quienes lo hacen.

Hace unos meses, nos enteramos de la muerte de dos caballos durante el tope en San Pedro de Montes de Oca, y las organizaciones animalistas “pegaron el grito al cielo”, claramente, con justa razón.
Al respecto, solo unas breves consideraciones, pues, perfectamente los topes/cabalgatas pueden subsistir, pero depende de la disciplina de los organizadores, así como de la sensibilidad y responsabilidad de los caballistas, debido a que es usual observar a muchos de estos consumiendo licor sobre el animal, lo cual genera conductas erráticas, que ponen en peligro la integridad y la vida de los semovientes.
Por todo ello, si el humano asume con el debido cuidado su accionar, respetando el bienestar de las bestias, no sería necesario eliminar este tipo de actividades, pero, si por el contrario se mantienen estos comportamientos y se siguen provocando la muerte o lesiones de los caballos, sería comprensible que en un futuro sean vetados en el país.
Es evidente que, tanto las “corridas” como los topes, son herencia de la influencia española, pero, también los tiempos cambian, y si bien nuestros eventos se diferencian a los que se hacen en otras latitudes (España, México), lo cierto del caso es que, aún vemos vestigios de cierta crueldad animal. Durante la tramitación de la reforma a la ley de bienestar animal (2019), tengo entendido que, hubo cierto “lobby” legislativopara no proteger a los caballos y a los toros, precisamente, para evitar la restricción de estas actividades.
Como decía supra, no hay punto de comparación entre nuestros eventos taurinos y los desarrollados en España -por ejemplo-, pero, si hay ciertas actuaciones que afectan el bienestar de los animales, por ejemplo, el uso del “chuzo eléctrico”.
En este sentido, “En un estudio realizado por Grandin (1988), los maltratos que se observan más frecuentemente son: (…) uso excesivo de chuzo en los animales. Muchas plantas de cosecha bien manejadas han eliminado el uso de chuzos eléctricos en los corrales de espera. Las regulaciones del USDA (Departamento de Agricultura de Estados Unidos) requieren que el voltaje de los chuzos eléctricos sea de 50 voltios o menos. No se deberían usar chuzos cuya potencia alcance para voltear o paralizar al animal. Y nunca se las debería aplicar en partes sensibles del animal, tales como ojos, oídos, nariz o ano (Grandin 1999b) (Ávalos Campos, Irene, y otros. 2012. “CUANTIFICACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LESIONES EN CANALES BOVINAS Y SU COSTO ECONÓMICO EN LA PLANTA PROCESADORA COOPEMONTECILLOS R.L.Proyecto de graduación para optar por el título de Licenciado en Ingeniería Agronómica con énfasis en Zootecnia, UCR, pág. 11).
Lo anterior deja de manifiesto, sin lugar a la duda, las consecuencias lesivas que provoca el uso de esteinstrumento, de ahí que, se deba apelar a la educación y al aumento en la sensibilización por parte de los organizadores de las “corridas” de toros, con el objetivo de hacer un uso mínimo y proporcional de este tipo de dispositivos que causan dolor en los animales. Además, se debe exigir el respeto al Reglamento Actividades Taurinas N° 41571-MGP-S-MAG, el cual en el artículo 11 señala:
“No se permite aplicar el chuzo eléctrico al animal en un espacio reducido, sin espacio para huir y de forma repetida (calentar el animal). Durante la estadía del animal en el redondel, solo se aplicará el chuzo eléctrico en las áreas donde se ubiquen los músculos de mayor tamaño (lomo o cuartos traseros), sin incurrir en la aplicación excesiva o repetitiva. Queda terminantemente prohibido colocar el chuzo eléctrico en las zonas sensibles del animal como órganos genitales, cabeza u ojos. Así mismo se prohíbe halar o doblar la cola, orejas o causar dolor al animal. Se evitará en todo momento el uso de dispositivos puntiagudos o punzocortantes para ser utilizados en el cuerpo del animal. Ante actos de maltrato animal, la organización del evento se expone a la suspensión del mismo, por parte del médico veterinario a cargo o del SENASA”.
En el mismo orden de ideas, es perfectamente visible que, algunos toreros improvisados golpeen a los animales durante el “espectáculo”, y, además, en la monta de estos, el uso de las espuelas les ocasiona dolor, situaciones que deberían ir cambiando. Al respecto, el citado artículo también indica: “En el caso de la monta de toros, una vez que esté el animal listo en la manga para salir al redondel, y el montador preparado, nunca se debe tardar más de 10 minutos para que se efectúe la acción. Igual aplica para el tiempo de espera de los animales para ser preparados y salir al redondel”.
Ahora bien, la buena noticia es que, hace unos pocos días entró en vigor la ley mediante la cual se prohíben las corridas de toros con violencia en la Ciudad de México. Específicamente, queda vedado, proscrito, prohibido causar lesiones de cualquier tipo a los animales o provocarles la muerte durante o después del evento. Lo anterior, llevaría consigo la aplicación de importantesmultas(https://www.infobae.com/mexico/2025/03/26/asi-firmo-clara-brugada-decreto-de-prohibicion-de-corridas-de-toros-con-violencia-en-cdmx/).
Como es sabido, el torero suele usar un capote con el cual “baila” al toro, pero, durante el acto, introduce banderillas que ocasionan el sangrado (dolor) en el animal, y, finalmente, para consumar la acción mortífera, utiliza una espada larga para acabar con la vida (estoque), y, la puntilla (puñal para rematarlo). Pues, todo eso se ha acabado, para el beneplácito de todos los defensores de los animales, y en búsqueda de la consecución del bienestar animal, lo cual sí merece una ovación de pie.

Finalmente, es importante exponer que, Colombia ha logrado la prohibición absoluta de las corridas de toros, lo cual entrará en vigor en 2027 (https://www.bbc.com/mundo/articles/cgll2z9lx2xo); y, en un hito histórico, en España se eliminó el Premio Nacional de Tauromaquia por “la tortura animal”, esto el año pasado, signos visibles de la necesidad de eliminar todas las formas de violencia contra los toros (https://elpais.com/cultura/2024-05-03/el-ministerio-de-cultura-elimina-el-premio-nacional-de-tauromaquia.html).